¿Qué Informes Presentar a la AFIP con un Controlador Fiscal de Nueva Tecnología?

GRUPO TECSUR

Descubra los informes obligatorios y los plazos para cumplir con la declaración jurada utilizando controladores fiscales de nueva generación.

 ¿Qué Informes Debo Presentar a la AFIP si Tengo un Controlador Fiscal de Nueva Tecnología? 


 Si tu negocio utiliza un controlador fiscal de nueva tecnología, es fundamental cumplir con las exigencias de la AFIP en cuanto a la presentación de informes y declaraciones juradas .


 Estos controladores fiscales permiten gestionar de forma eficiente la emisión de comprobantes y asegurar un correcto seguimiento de las operaciones comerciales. A continuación, te explicamos los informes que debes presentar y los plazos establecidos para que tu negocio cumpla con las normativas fiscales vigentes.


 Informes Requeridos por la AFIP 


La AFIP exige que los comercios que operan con controladores fiscales de nueva generación presenten los siguientes informes: 

 Reporte Resumen de Totales : Debe presentarse semanalmente, y detalla el total de las ventas y operaciones del período correspondiente. 

 Reporte de Duplicados Electrónicos de Comprobantes  electrónicos de comprobantes clase «A», «A con leyenda» y «M» emitidos, por el período semanal correspondiente. 

Estos informes equivalen a los archivos F8011 y F8012 que se obtienen al descargar la cinta testigo digital de los controladores de nueva generación. 

Existe un 3er archivo que se descarga (el F8010) que se debe conservar como respaldo en 2 sitios físicos distanciados por 200 metros como mínimo.

Si es monotributo se hace una vez al mes.

 ¿Qué días se debe presentar la información?
Si es monotributo se hace una vez al mes
 El cronograma que dispuso la AFIP para la carga de información en su sitio es la siguiente: 

 - Primera semana: Período comprendido entre los días 1 y 7, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 12 del mismo mes. 
- Segunda semana: Período comprendido entre los días 8 y 14, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 19 del mismo mes.
 - Tercera semana: Período comprendido entre los días 15 y 21, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 26 del mismo mes.
 - Cuarta semana: Período comprendido entre los días 22 y el último día del mes, ambos inclusive: presentar hasta el día 5 del mes inmediato siguiente.

Comentarios

Productos populares

Actualización de Transparencia Fiscal para Registradora LEGA: Todo lo que Debés Saber

Unitech EA520: el colector de datos que convierte tu equipo en un motor de eficiencia.

Balanza Novel Eco 2 de Kretz: Precisión, autonomía y versatilidad para tu negocio